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INFORME DE BALANCE:  DIEZ AÑOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CAPÍTULO ÉTNICO DEL ACUERDO DE PAZ  CONSEJO NACIONAL DE PAZ AFROCOLOMBIANO (CONPA

INFORME DE BALANCE: DIEZ AÑOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CAPÍTULO ÉTNICO DEL ACUERDO DE PAZ CONSEJO NACIONAL DE PAZ AFROCOLOMBIANO (CONPA

 

El Consejo Nacional de Paz Afrocolombiano – CONPA presenta su informe de seguimiento y balance a diez años de la implementación del Capítulo Étnico y del enfoque étnico del Acuerdo de Paz, suscrito en el año 2016 por el Gobierno de Colombia y las extintas FARC-EP.

Luego de una década de iniciado el proceso de implementación del Acuerdo de Paz, el presente informe examina y analiza los principales avances, obstáculos y retos para el cumplimiento de los compromisos con los pueblos étnicos consagrados en el Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz.

El ejercicio de seguimiento a la implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz, que ha venido realizado el CONPA, tiene el propósito de evitar la regresividad de los derechos adquiridos por los pueblos étnicos en Colombia, así como garantizar su participación plena, efectiva y con incidencia en la construcción de la paz. Este seguimiento a la implementación se realizó desde una mirada étnico-racial, y con base en el principio de no regresividad y el acceso progresivo a los derechos especiales colectivos e individuales de las comunidades étnicas. Para la construcción del presente informe de seguimiento, además de haber coordinado y articulado con las distintas organizaciones afrocolombianas y procesos étnico-territoriales asociados o cercanos al CONPA en todo el territorio nacional, se han consultado diversas fuentes oficiales y del Gobierno nacional, de la sociedad civil y de la prensa para contrastar y analizar los principales avances y obstáculos del proceso de implementación del Capítulo Étnico y del enfoque étnico.

A diez años de la implementación del Capítulo Étnico, el CONPA evidencia la preocupante persistencia de una tendencia generalizada de rezago y estancamiento de las promesas y compromisos del Acuerdo de Paz con los pueblos y comunidades étnicas. Se estima que el nivel de avance para el cumplimiento del Capítulo Étnico es de tan solo el 14% (Kroc, 2026: 17). Por esta razón, el CONPA hace un llamado para asumir la implementación del Capítulo Étnico y del Acuerdo de Paz como una política de Estado que tome en serio y garantice la plena participación con incidencia de los pueblos y comunidades étnicas. Se requiere, además, una respuesta integral y una mayor coordinación de parte de las entidades del Gobierno nacional para definir responsabilidades, funciones y acciones pertinentes para acelerar la implementación y avanzar hacia el cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo Étnico.

 

 

Si bien el CONPA ha evidenciado que en los últimos años se han registrado importantes avances normativos, de medidas administrativas, operativas y de gestión para la incorporación del enfoque étnico en la implementación, urge pasar de la mera gestión de procesos a la obtención de resultados en los territorios para beneficiar y garantizar los derechos de los pueblos y comunidades étnicas. No basta contar con normas, rutas de participación o protocolos para la incorporación del enfoque étnico si no hay cambios y mejorías en la vida de las personas y los territorios étnicos.

Este documento está estructurado en cinco secciones, incluida esta introducción. En la segunda sección, se ofrece una breve descripción del contexto actual en el que se desarrollan los diversos esfuerzos de implementación del Capítulo Étnico. En la tercera sección, se presenta un balance general del estado de avance del Capítulo Étnico. En la cuarta sección, se ofrece un análisis detallado del cumplimiento del Capítulo Étnico para cada uno de los seis puntos del Acuerdo de Paz. Por su parte, en la quinta sección, se presentan las conclusiones principales y algunas recomendaciones que formula el CONPA para el avance y aceleración de la implementación del Capítulo Étnico.

2. Contexto Actual de la implementación del Capítulo Étnico

La actual coyuntura política está marcada por el inicio de la administración del presidente Abelardo de la Espriella (2026-2030), que será el último periodo presidencial en el que, de acuerdo con el Acto Legislativo 02 de 2017, el Estado colombiano debe cumplir de forma obligatoria y de buena fe los compromisos establecidos por el Acuerdo de Paz de 2016 y su Capítulo Étnico.

A pesar de los anuncios del presidente De la Espriella sobre el desmonte de la arquitectura institucional de paz en el país y el cierre de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz (El Tiempo, 13 de julio de 2026), que son las entidades encargadas de aglutinar y dar coherencia a los esfuerzos de implementación, el Estado y las instituciones en Colombia tienen el compromiso legal y moral de cumplir la palabra empeñada tanto con los miles de firmantes excombatientes como con el grueso de la sociedad colombiana y las comunidades campesinas y étnicas en el país.

Los periodos de transición política, tal como señala el instituto Kroc (2026: 13), han sido fases de especial tensión para el Acuerdo de Paz pues han sido momentos de cambios de enfoque y de prioridades, así como de rotación de funcionarios y equipos técnicos, lo que ha ralentizado el proceso de implementación. Si bien el inicio del Gobierno del presidente De la Espriella puede traer consigo mermas en el ritmo y cambios de énfasis en la implementación, también es una oportunidad para establecer prioridades de mediano y largo plazo para el cumplimiento del Acuerdo de Paz y, particularmente, del Capítulo Étnico. La administración De la Espriella tiene la oportunidad histórica de profundizar los esfuerzos para generar desarrollo sostenible, justicia y reconciliación en los territorios más afectados por el conflicto armado y la violencia.

En este sentido, uno de los mayores desafíos para avanzar en la implementación del Acuerdo de Paz es justamente la crítica situación de seguridad debido al crecimiento y expansión de los grupos armados en los últimos años y al incremento de la victimización de la población civil en el país. La violencia y recrudecimiento de la inseguridad han impactado ostensiblemente la implementación, tanto por la imposibilidad de las instituciones y funcionarios de llegar a los territorios y desarrollar las actividades de implementación, como con respecto a la afectación directa a procesos organizativos y liderazgos comunitarios, lo que ha disuadido o impedido su participación en programas e iniciativas de la implementación. De acuerdo con la Fundación Ideas para la Paz (FIP), la llamada política de ‘paz total’ del Gobierno saliente no logró reducir la violencia y, por el contrario, los grupos armados ahora cuentan con mayor pie de fuerza y han aumentado las disputas entre ellos. Según datos del Ministerio de Defensa, a julio de 2026 los grupos armados contaban con alrededor de 28.802 integrantes, mientras que en 2022 esa cifra era de 15.120, lo que constituye un aumento del 90% en ese periodo (FIP, 2026).

Estas dinámicas de crecimiento del pie de fuerza de los grupos armados, y de incremento de sus disputas por el control de las economías ilegales y la gobernanza criminal, ha ocasionado persistentes crisis humanitarias y la victimización de la población en el país, particularmente de los pueblos y comunidades étnicas. En 2025, por ejemplo, se registraron niveles históricos de victimización con alrededor de 96.000 personas desplazadas y 155.000 confinadas por acciones de los grupos armados (FIP, 16 de junio de 2026) en Norte de Santander (en el Catatumbo), Cauca, Chocó, Antioquia, Nariño, Arauca y Guaviare. Entre enero y julio de 2026, 14 comunidades afrodescendientes y 15 comunidades indígenas han sido víctimas de desplazamiento forzado lo que, según la Defensoría del Pueblo, significa que el 17% de los eventos de desplazamiento forzado masivo afectan a comunidades afrodescendientes y otro 18% afectan a comunidades indígenas (El Espectador, 23 de julio de 2026). Además, entre 2017 y de enero de 2026, se registraron 2.075 homicidios: 1.609 de líderes sociales y defensores de derechos humanos y 467 de firmantes de paz (UIAP, 2026: 41). En este sentido, las preocupantes condiciones de seguridad y las graves crisis humanitarias desatadas en los territorios étnicos no solo ponen en riesgo la pervivencia física y cultural de la población étnica del país, sino que obstaculizan e impiden la implementación del Acuerdo de Paz, en general, y del Capítulo Étnico, en particular.

Es importante alertar, en todo caso, que la grave situación de seguridad en los territorios étnicos es susceptible de empeorar en los próximos meses, luego de la decisión del presidente De la Espriella de cerrar y dar por terminados los procesos de negociación de la política de paz total (El Tiempo, 11 de septiembre de 2026). A pesar de algunas falencias de diseño e implementación de esta política que contribuyeron al proceso de fortalecimiento de los grupos armados (ver FIP, 2026), echar por la borda los avances alcanzados y optar por una salida de mano dura puede ocasionar un incremento ostensible de la violencia en lugar de reducirla; además, la persecución y baja de los mandos y líderes tiende a fragmentar a las estructuras armadas, lo que da lugar a cruentas luchas por el control de los territorios entre los miembros restantes y otros grupos emergentes, además de que los bombardeos muy probablemente causen víctimas civiles, particularmente niños, niñas y adolescentes (Crisis Group, 7 de agosto de 2026).

El caso del departamento de Nariño ilustra este punto. Luego de que el Gobierno nacional decidiera dar por terminadas las mesas de negociación con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) (mediante la Resolución 346 de 2026) y con el Frente Comuneros del Sur (por Resolución 365 de 2026), tanto las comunidades como el Gobierno departamental han defendido los avances en materia de paz territorial que arrojaron dichos procesos de paz. Según el Gobernador, Luis Alfonso Escobar, el proceso de paz con el CNEB permitió la destrucción de más de 14 toneladas de material de guerra, la desmovilización de 99 de sus integrantes que entraron a una Zona de Ubicación Temporal, y el acuerdo voluntario de erradicación voluntaria de 30.000 hectáreas de coca en Nariño y Putumayo como parte de la estrategia de transformación territorial. Además, según la Gobernación de Nariño, durante los diálogos territoriales la violencia en el departamento se redujo aproximadamente 15%, mientras que los desplazamientos y confinamientos lo hicieron aproximadamente en un 90%  (Gobernación de Nariño, 31 de agosto de 2026). Por su parte, el Proceso de Comunidades Negras (PCN) ha subrayado recientemente que Nariño exige  paz y transformaciones reales frente a los riesgos de la guerra y no únicamente el tratamiento armado de los conflictos. A su juicio, la paz en el departamento “requiere transformaciones sociales, presencia integral del Estado, garantías para las comunidades y acciones que respondan a las causas estructurales de la violencia” (PCN, 14 de setiembre de 2026). El PCN alerta, además, que abandonar los esfuerzos de diálogo y desconocer los avances logrados puede profundizar los graves riesgos de nuevas violencias y vulneraciones a los derechos humanos en el departamento.

Por otra parte, a este complejo panorama se suman los retos para asegurar la financiación y garantizar los recursos suficientes y durante el tiempo necesario para el cabal cumplimiento de los compromisos del Acuerdo de Paz y del Capítulo Étnico. Por un lado, actualmente el país enfrenta importantes desafíos fiscales y restricciones presupuestales para el funcionamiento e inversión en las principales entidades encargadas de la implementación; y, por otro lado, en los últimos meses se ha presentado una reconfiguración estructural, recortes y contracción del entorno internacional de cooperación que ha sostenido la implementación del Acuerdo de Paz. Se destaca, por ejemplo, la reducción de los fondos y programas financiados por el Gobierno de Estados Unidos (por medio de USAID) y de otras agencias y cooperantes, lo que implicó también la suspensión de procesos clave de asistencia técnica, acompañamiento, respaldo político y fortalecimiento de capacidades locales. En este contexto, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, por medio de la   Resolución 2798 de 2025, decidió reducir su mandato y excluir el seguimiento del Capítulo Étnico y de las sanciones restaurativas de la JEP, lo que constituyó un retroceso significativo para la implementación y verificación del Capítulo Étnico.

De tal suerte, otro de los desafíos considerables para el proceso de implementación es logar construir una sostenibilidad financiera a largo plazo para garantizar la disponibilidad presupuestal, las capacidades institucionales necesarias, así como la voluntad política para profundizar la agenda de transformaciones estructurales que promete el Acuerdo de Paz para la interrupción de los ciclos de violencia y la construcción de la paz en el país.

  1. Balance general del Capítulo Étnico

A diez años de iniciada de la implementación del Capítulo Étnico, el CONPA evidencia que a pesar de los esfuerzos y la voluntad política que mostró la administración Petro (2022-2026), persiste una tendencia generalizada de rezago y estancamiento de las promesas y compromisos del Acuerdo de Paz con los pueblos y comunidades étnicas. A noviembre de 2025, según el instituto Kroc, el porcentaje de cumplimiento de las disposiciones del Capítulo Étnico tan solo alcanzó el 14% del total (Kroc, 2026: 17); y entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025, el avance del Capítulo Étnico fue solamente de un punto porcentual (del 13% se pasó al 14% de disposiciones completadas).

Este estancamiento de la implementación del Capítulo Étnico ha persistido pese a sucesivos intentos gubernamentales de coordinación, dinamización y profundización de la implementación del Capítulo Étnico. Ejemplo de dichos esfuerzos fue la expedición del Decreto 1874 de 2022 por medio del cual el presidente designó a la Vicepresidencia de la República como coordinadora interinstitucional e intersectorial para el cumplimiento del Capítulo Étnico; también, la suscripción del Pacto por la implementación del Capítulo Étnico, en noviembre de 2023, que se enfocó en lograr avances en la reforma rural en los territorios étnicos, en la reparación de las víctimas étnicas, en la participación política y la seguridad de los pueblos étnicos; adicionalmente, se estableció un Gabinete para la Paz (Decreto 0717 de 2024), y se anunció un Plan de Choque para la implementación del Acuerdo de Paz (Ministerio del Interior, 15 de octubre de 2024). Sin embargo, como se evidencia en este informe, estas medidas no tuvieron impacto en el ritmo de la implementación ni tampoco en la mejoría de las condiciones de vida y la construcción de paz sostenible en los territorios étnicos.

Ahora bien, el CONPA reconoce que durante los últimos años se registraron importantes avances normativos, medidas administrativas, operativas y de gestión para la incorporación del enfoque étnico que contribuyen a la implementación del Capítulo Étnico. Por ejemplo, es importante destacar la consulta, aprobación y entrada en funcionamiento de la ruta metodológica para la incorporación del enfoque étnico y las salvaguardas de género, mujer, familia y generación en los planes nacionales de la reforma rural integral (PNRRI); la consulta y reglamentación de la implementación de la política de catastro multipropósito en los territorios étnicos (Decreto 1139 de 2025 y Decreto 462 de 2025); la consulta y puesta en funcionamiento de los programas de armonización de personas firmantes con pertenencia étnica (Decreto 103 de 2025 y Decreto 856 de 2025); y el proceso de revisión y actualización de los indicadores del Plan Marco de Implementación (PMI), incluyendo los indicadores que miden los avances y el cumplimiento de los compromisos del Capítulo Étnico. Si bien se trata de avances normativos y administrativos importantes, resulta preocupante que, al cabo de diez años de implementación, este proceso todavía se encuentre en fases iniciales de alistamiento técnico, normativo y administrativo. Es urgente pasar de la mera gestión de procesos a la obtención de resultados en los territorios para beneficiar y garantizar los derechos de los pueblos y comunidades étnicas.

El CONPA también llama la atención sobre la persistencia de la invisibilización y falta de comprensión, por parte de las entidades, funcionarios y contratistas del Estado, sobre la salvaguarda de mujer, familia, género y generación del Capítulo Étnico. Persiste la necesidad de incorporar una aproximación interseccional en el diseño, implementación y seguimiento de las acciones, iniciativas y programas de la implementación del Capítulo Étnico.

El desafío central del Gobierno nacional con respecto a la implementación del Capítulo Étnico y del Acuerdo de Paz, además de lograr una mejora de las graves condiciones de seguridad en los territorios étnicos para posibilitar su avance, es asumir este proceso como un compromiso de Estado, como una hoja de ruta valiosa para garantizar el desarrollo sostenible y la construcción de un mejor futuro para todos los colombianos. En este proceso de la implementación del Capítulo Étnico, así como durante la construcción del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2026-2030), el CONPA exhorta al Gobierno nacional a que se garantice una verdadera representación y participación de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en los espacios de decisión y diseño de las políticas públicas en el país.

  1. Balance detallado de la implementación del Capítulo Étnico

Punto 1: Reforma Rural Integral (RRI)

En el punto 1 de Reforma Rural Integral (RRI), el Capítulo Étnico garantiza los derechos territoriales y la seguridad jurídica de la tierra de los pueblos étnicos, la incorporación de la perspectiva étnica cultural en las cuestiones agrarias y el acceso progresivo a la tierra. Además, garantiza la participación plena y con incidencia de los pueblos étnicos en los mecanismos creados para la materialización de los compromisos de la RRI.

En términos generales, luego de diez años de iniciada la implementación, los compromisos de la RRI se encuentran en un estado general de rezago y falta de cumplimiento para la transformación estructural de los territorios étnicos. Si bien durante la administración Petro se priorizaron los temas de acceso a tierras y reforma rural, el balance general es de saldo en rojo con respecto a las metas estructurales del Acuerdo de Paz. En cuanto a la meta de adjudicación de tierras (de 3 millones de hectáreas (ha)), solo se ha avanzado un 2,4%, mientras que con respecto a la meta de formalización (de 7 millones de ha) se ha avanzado un 44,5%. Además, el CONPA prende las alarmas sobre una marcada disparidad y falta de acceso y tenencia de la tierra de los pueblos y comunidades negras y afrocolombianas. Del total de la adjudicación de tierras de la llamada ‘subcuenta étnica’, solo el 7,5% se dirigió a la titulación colectiva para comunidades negras, mientras que el 80% del total se concentró en la constitución y ampliación de resguardos indígenas; igualmente, del total de las hectáreas formalizadas de la ‘subcuenta étnica’, solamente el 2% benefició a pueblos negros, mientras que el 97,9% correspondió a pueblos indígenas.

De otro lado, entre los avances clave en la implementación de la RRI y el Capítulo Étnico se encuentra la consulta y construcción de la ruta para la implementación de la política del catastro multipropósito en los territorios étnicos, por medio del Decreto 1139 de 2025 (para pueblos negros) y el Decreto 462 de 2025 (para pueblos indígenas). También constituyó un avance crucial la consulta, aprobación y entrada en funcionamiento de la ruta metodológica para la incorporación del enfoque étnico, las salvaguardas de género, mujer, familia y generación y de objeción cultural en los PNRRI. De igual forma, avanzó la revisión y actualización de los PATR, con una incorporación parcial del enfoque étnico y con reparos sobre las garantías de participación con incidencia por parte de las comunidades étnicas. Además, persistió una limitada implementación de iniciativas con etiqueta propia étnica y un reducido impacto en los territorios PDET para mejorar las condiciones de vida de la población étnica del país.

De acuerdo con el instituto Kroc, con corte a noviembre de 2025, el estado de avance de las disposiciones con enfoque étnico de la RRI era apenas del 4%, mientras que el 88% se encontraba en niveles mínimos de implementación, y el 8% no había iniciado la implementación. Esto indica una parálisis o congelamiento del cumplimiento de los compromisos con los pueblos étnicos en materia de tierras y desarrollo rural en la medida en que, desde la publicación del anterior informe del CONPA, en noviembre de 2024, el avance reportado por el Kroc fue exactamente el mismo.

Con corte al 30 de junio de 2026, el Sistema Integrado de Información para el Posconflicto (SIIPO) registra un avance del 39,6% en los indicadores de avance correspondientes a la Reforma Rural Integral del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. Esta cifra contrasta con el 56,2% de avance reportado con respecto a los compromisos generales de la Reforma Rural Integral, lo que reafirma el rezago de las medidas para la transformación y el desarrollo sostenible de los territorios étnicos en el país.

Principales avances de la RRI

Acceso a tierras

De acuerdo con la Agencia Nacional de Tierras (ANT), a octubre de 2025, habían entrado en el Fondo de Tierras 2.597.496 hectáreas (ha), de las cuales el 64% corresponde a la subcuenta campesina y el 36% a la subcuenta indígena (Kroc, 2025: 55). En relación con las subcuentas del Fondo de Tierras, el CONPA señala y reitera, como en anteriores informes, la necesidad de avanzar en la reglamentación de una subcuenta específica para comunidades negras, lo que permitiría una mayor claridad y seguimiento de las cifras reportadas por la institucionalidad.

En cuanto a la adjudicación de tierras, con corte a octubre de 2025, la ANT reporta 72.880 ha entregadas con cierre registral, de las que 39.162 ha (53,7%) corresponden a la subcuenta campesina y 33.717 (46,3%) a la subcuenta “étnica”. Esta cifra de avance equivale solamente el 2,4% de la meta de 3 millones de ha establecida por el Acuerdo de Paz. Ahora bien, de la adjudicación de la subcuenta “étnica”, aproximadamente el 80% (26.973 ha) del total se concentró en la constitución y ampliación de resguardos indígenas, mientras que la titulación colectiva para comunidades negras solo representó el 7,5% (2,360 ha) (Kroc, 2025: 58).

Con respecto a los procesos de formalización, a octubre de 2025 se entregaron títulos de 3.143.218 ha con inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP), que corresponden al 44,9% de la meta de 7 millones de hectáreas establecida por el Acuerdo de Paz. Y alrededor de la mitad (51,5%) fueron formalizadas en el periodo 2022-2025. Además, los procesos de formalización se concentraron en la subcuenta “étnica”, que tuvo el 82,3% del total formalizado (2.586.159 ha) mientras que la subcuenta campesina representó el 17% (557.059 ha). Del total de las hectáreas formalizadas de la subcuenta “étnica”, el 97,9% correspondió a pueblos indígenas (Kroc, 2025: 60-61). Esto quiere decir que durante la administración Petro solamente el 2% de las tierras formalizadas (con ORIP) beneficiaron a pueblos negros.

En este sentido, el CONPA prende las alarmas con respecto al acceso efectivo a las tierras por parte de las comunidades afrocolombianas luego de 10 años de implementación de la RRI. Tanto las tierras adjudicadas (el 7,5% del total), como las formalizadas (2% del total de la subcuenta étnica) están muy por debajo de las tierras destinadas a las comunidades indígenas y campesinas del país. Las comunidades afrocolombianas continúan padeciendo de forma particular la falta de tenencia de tierras, lo que puede constituir un riesgo de regresividad de los derechos territoriales de esta población.

Resolución conflictos territoriales

Uno de los avances cruciales de la RRI es la implementación de la Jurisdicción Agraria para atender los conflictos por la tierra y las dinámicas rurales, lo que supone la consolidación de un sistema judicial más inclusivo, especializado y cercano a las comunidades campesinas y étnicas (Ministerio de Justicia, 2025: 5).  Luego de la aprobación del Acto Legislativo 03 de 2003 que creó dicha jurisdicción, también se aprobó y sancionó la Ley Estatutaria 2570 de 2026, que definió su estructura, principios e institucionalidad. Todavía se requiere la aprobación de una ley ordinaria, por medio de la que se establezca el procedimiento especial agrario y se defina las competencias para hacer operativa esta jurisdicción especializada. Este proyecto de ley fue radicado en julio de 2026 por el Ministerio de Justicia y se espera que culmine exitosamente su camino legislativo (Ministerio de Justicia, julio 21 de 2026) para que se garantice el acceso a la justicia y la seguridad jurídica a las comunidades rurales y étnicas en Colombia.

Participación en la implementación del Catastro Multipropósito

El CONPA reconoce los esfuerzos del Gobierno para garantizar la participación de los pueblos étnicos en la implementación de la política pública de Catastro Multipropósito. Por una parte, el Decreto 1139 de 2025 establece la implementación del Catastro en territorios colectivos y en las tierras ocupadas y poseídas tradicionalmente por las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Por medio del trabajo entre las entidades y la Comisión V del Espacio Nacional de Consulta Previa (ENCP), este decreto garantiza mecanismos especiales para preservar el ordenamiento territorial propio, proveer seguridad jurídica, así como asegurar la participación directa de las comunidades como operadores catastrales en el levantamiento de información en sus territorios colectivos. Además, se crea el Sistema de Información Geográfica para Territorios de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (SIGCNARP), que será clave para la toma de decisiones informadas para la planeación y ordenamiento de los territorios colectivos (IGAC, octubre 27 de 2025). Por otra parte, producto del trabajo conjunto entre las entidades estatales y la Mesa Permanente de Concertación (MPC), se expidió el Decreto 462 de 2025 por medio del cual se reglamenta la implementación de esta política en territorios indígenas que habilita a estos pueblos a efectuar la operación catastral en sus territorios formalizados, lo que implica que el levantamiento de información se hará con enfoque étnico, intercultural y comunitario (IGAC, abril 25 de 2025).

Enfoque étnico y participación en Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral (PNRRI)

El principal avance del Capítulo Étnico en lo correspondiente a la RRI es la aprobación y entrada en funcionamiento de la ruta metodológica para la incorporación del enfoque étnico, las salvaguardas de género, mujer, familia y generación y de objeción cultural en los PNRRI. La construcción de esta ruta, liderada por la IEANPE, la Vicepresidencia y el DNP, implicó la realización de diagnósticos de cada PNRRI para la incorporación del enfoque étnico, así como jornadas de trabajo con comunidades en Apartadó, Buenaventura, Chaparral, Florencia, Fonseca, San José del Guaviare, Ituango, Mocoa, Santander de Quilichao, Tierralta, Toluviejo, Tumaco, Yondó, Quibdó y la región del Catatumbo (IEANPE, julio 9 de 2026). Posteriormente, se realizaron 20 mesas de acuerdos entre las entidades encargadas de la implementación de los PNRRI y la IEANPE en las que se alcanzaron 106 acuerdos firmados por acta para 15 de los 16 planes (salvo el plan de zonificación ambiental). Posteriormente, en julio de 2026, la Vicepresidencia emitió la Directiva vicepresidencial 2 de 2026, por medio de la establece lineamientos y acciones concretas que deberán ser cumplidas por las distintas instituciones para la incorporación efectiva de esta ruta (Vicepresidencia, julio 28 de 2026).

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)

Durante los últimos meses, se ha avanzado en la revisión y actualización de los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) para orientar su ejecución en las 16 subregiones PDET. Este proceso contó con la participación de aproximadamente 3.631 personas, de las que el 42% pertenecía a pueblos étnicos (24% población negra y 18% indígena) y 14,7% conformaban Mecanismos Especiales de Consulta (MEC) (Kroc, 2025: 63). Sin embargo, como señala el instituto Kroc, este proceso tuvo ciertas limitaciones para la incorporación efectiva del enfoque étnico, incluyendo la entrega tardía de insumos y la ausencia de espacios preparatorios, lo que impactó en la comprensión de las comunidades sobre la transición de la lógica basada en iniciativas a una estructura programática más compleja (Ibid.). Se espera que en la siguiente fase del proceso (el momento 3) se garantice la participación con incidencia de los pueblos étnicos en la protocolización de los PATR y la construcción de la ruta de implementación.

Por otra parte, a diciembre de 2025, la ART reportó 20.998 iniciativas con ruta de implementación activas (lo que corresponde al 63% de las 33.007 iniciativas PDET), de las cuales 4.458 son iniciativas activas propias étnicas (UIAP, 2026: 21), lo que corresponde solamente al 21,2% del total. Adicionalmente, la Unidad de Implementación de Acuerdo de Paz (UIAP), reportó acciones para garantizar la participación étnica y comunitaria por medio de la realización de encuentros para el fortalecimiento de los MEC, que contaron con la participación de 490 autoridades indígenas y de los pueblos negros y afrodescendientes (UIAP, 2026: 21). El CONPA reitera, como en anteriores informes de seguimiento, que es necesario garantizar la construcción de capacidades de los miembros de los MEC (por ejemplo, en materia de formulación de proyectos) para que puedan cumplir cabalmente con sus funciones.

Ahora bien, tal como el CONPA ha señala en informes anteriores, persisten algunos reparos y preocupaciones de las comunidades y autoridades étnicas con respecto a las garantías para su participación con incidencia sobre la definición de proyectos e iniciativas étnicas durante el proceso de revisión de los PATR (IEANPE, octubre 2024). De otro lado, de acuerdo con la Misión de Verificación de Naciones Unidas, a pesar de que la inversión en los PDET ha alcanzado aproximadamente los 8.800 millones de dólares desde el inicio de la implementación, ha habido avances limitados en la ejecución de proyectos de alto impacto en las subregiones PDET que beneficien y mejoren las condiciones de vida de los habitantes rurales y población étnica.

Punto 2: Participación Política

En el punto de Particiación política, el Capítulo Étnico garantiza la participación plena, efectiva y con incidencia de los pueblos y comunidades étnicas en todas las instancias creadas para la implementación del Acuerdo, y la inclusión de candidatos de estos pueblos en las listas de las Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz (CTEP).

En líneas generales, los compromisos del Capítulo Étnico del Punto 2 de Participación Política están en un estado de estancamiento generalizado y rezago en el proceso de implementación. Según el Instituto Kroc, con corte a noviembre de 2025, el avance de las disposiciones con enfoque étnico del punto de Participación política era de 13%, mientras que el 38% se encontraba en niveles mínimos de implementación, y el 19% no había iniciado (Kroc, 2025: 76), exactamente los mismos niveles de implementación reportados cuando se elaboró el anterior informe del CONPA en noviembre de 2024. Las razones para la paralización y falta de avances sustanciales en las garantías para la participación política y profundización de la democracia continúan siendo las mismas: los inconvenientes y falta de mayorías para aprobar las reformas normativas en el Congreso de la República (como la Reforma Política y al Código Electoral), la persistencia y recrudecimiento de la violencia y el conflicto armado en los territorios étnicos del país, la inoperancia del SISEP, los problemas para la sostenibilidad y funcionamiento de la IEANPE (y los MEC), así como la escasa incorporación general del enfoque étnico en el proceso de implementación.

De otro lado, con corte al 30 de junio de 2026, a pesar de los rezagos y limitaciones en la implementación mencionados, llama la atención que el avance registrado por el SIIPO en el punto de Participación Política del Capítulo Étnico es del 62,07%, incluso mayor que el avance de los indicadores generales reportados en este punto, que es del 51,2%. Se espera que, luego del proceso de revisión y actualización de los indicadores del PMI, los nuevos reportes reflejen de manera más fidedigna y rigurosa el estado de la implementación de los compromisos para la participación política y ciudadana de los pueblos étnicos en el país.

Principales avances para la participación política y ciudadana de los pueblos étnicos

Garantías para la participación política y ciudadana

En relación con la participación de los pueblos étnicos en el proceso de implementación, es importante destacar la labor de la Instancia Especial de Alto Nivel de Pueblos Étnicos (IEANPE). Esta instancia ha sido fundamental para garantizar la incorporación del enfoque étnico en dos procesos claves para el avance de la implementación: la construcción de la ruta metodológica para la incorporación del enfoque étnico en los PNRRI y la actualización del Plan Marco de Implementación. A pesar de su valioso trabajo en los últimos meses, persisten los problemas de sostenibilidad y financiación de la IEANPE, que ha demostrado ser piedra angular para la salvaguarda de los intereses y la defensa de los derechos de los pueblos y comunidades étnicas. Si bien la UIAP, por medio del Convenio 665 de 2024, logró garantizar el funcionamiento y desarrollo del plan de trabajo de la IEANPE entre 2024 y 2025 (UIAP, 2025: 51), su sostenimiento y continuidad de su trabajo en el futuro cercano no está asegurado. También es de resaltar el rol que han jugado los Mecanismos Especiales de Consulta (MEC) para garantizar la participación e incidencia de los pueblos étnicos en la revisión de los PATR y el desarrollo de los PDET. Por esta razón, el CONPA subraya la necesidad de garantizar la labor de los MEC en las distintas subregiones PDET, no solo para asegurar su funcionamiento y sostenibilidad sino además para el acompañamiento y construcción de capacidades de sus miembros para el cabal cumplimiento de sus funciones.

Por su parte, los pueblos étnicos también han tenido presencia tanto en el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia (CNPRC) como en los Consejos Territoriales de Paz (CTPRC). El Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, por un lado, ha reportado la aprobación de su plan de acción para 2026 en sesión plenaria, que contó con la participación de representantes de los pueblos étnicos, y requerirá de un presupuesto de 2.730 millones de pesos para su ejecución (CNPRC, marzo 27 de 2026). En cuanto a los Consejos Territoriales de Paz (CTPRC) continúan enfrentando serios desafíos para su funcionamiento y el cumplimiento de sus objetivos para la construcción de la paz en los territorios. Entre los obstáculos principales que han tenido los CTPRC están las complejas condiciones de seguridad, la falta de garantías para su funcionamiento y la participación de sus miembros, la falta de coordinación entre los CTPRC y las autoridades territoriales, y una participación étnica marcadamente masculina (Kroc, 2024: 81).

De otra parte, con respecto a acciones para el control social y la veeduría, el Departamento Administrativo de la Función Pública reportó la formación de 5.922 personas en el Plan de formación de veedores, de los cuales el 17% pertenecen a pueblos étnicos (Kroc, 2025: 81). Además, la UIAP reportó el establecimiento de la Red Ciudadana “Cuidar lo Público para Alcanzar la Paz”, por medio de la que se espera fortalecer a las iniciativas de veeduría y control de los recursos de la implementación del Acuerdo de Paz. Además, esta entidad también reportó la culminación del proceso del Diplomado Construcción de Paz y Reconciliación, dirigido a líderes, organizaciones sociales y la ciudadanía en general (UIAP, 2026: 26).

Ahora bien, es importante mencionar las falencias y obstáculos que han enfrentado las mujeres étnicas para ejercer sus derechos a la participación política y ciudadana, lo que evidencia una limitada y deficiente incorporación del enfoque transversal étnico, de género, mujer, familia y generación. Así, por ejemplo, la IEANPE ha señalado que para garantizar la participación plena y con incidencia de las mujeres étnicas, es necesario asegurar el mínimo sostenimiento familiar y acciones afirmativas a favor de las mujeres para ejercer la representación y liderazgo en los distintos espacios de participación (IEANPE, febrero de 2024); y esto tanto dentro de las mismas comunidades étnicas como en los espacios institucionales.

Participación y consulta para el desarrollo de los ajustes normativos

A diez años del inicio de la implementación, persisten los obstáculos y limitaciones para construir los consensos necesarios para aprobar los leyes y ajustes normativos para cumplir con los compromisos del Acuerdo de Paz. El reiterado archivo de los proyectos de ley en el legislativo ha generado importantes rezagos en materia de profundización de la democracia y fortalecimiento de la participación política en el país. Los principales ajustes normativos pendientes son:

  • La Reforma a la Ley 152 de 1994, Ley Orgánica del Plan de Desarrollo y ajustes a la planeación participativa
  • La Reforma Política y al Sistema Electoral
  • Garantías para la Participación, la movilización ciudadana y la protesta pacífica

Desde el CONPA se reitera la necesidad de garantizar la consulta previa, libre e informada de los pueblos étnicos en la estructuración y aprobación de dichos ajustes normativos, lo que implica asegurar la financiación de los procesos de consulta previa en sus distintas fases tanto en el nivel nacional como en los niveles regional y local.

Condiciones para ejercer el derecho al voto y la participación electoral

Con anterioridad a la celebración de las elecciones legislativas y presidenciales de 2026, el 8 de marzo, y el 31 de mayo (primera vuelta) y 21 de junio (segunda vuelta), la Registraduría Nacional de Estado Civil (RNCE) reportó la actualización de la División Política Electoral, que implicó el incremento de la infraestructura electoral en zonas alejadas o dispersas y en territorios con comunidades y población étnicas: 185 nuevos puestos de votación, de los cuales 85 se ubican en territorios étnicos. Además, durante 2025 la RNEC adelantó 2.340 jornadas móviles de atención a personas en vulnerabilidad, en las que emitió 266.556 documentos de identidad, de los cuales el 4% fue población negra y afrodescendiente y 1,4% a población indígena (RNEC, 2026: 14-16). 

Es importante mencionar que los comicios electorales de 2026 tuvieron lugar en un contexto de expansión, fortalecimiento, disputa y violencia de los grupos armados ilegales en varias regiones del país y, específicamente, en las zonas rurales de Cauca, Antioquia, Norte de Santander y Valle del Cauca (Verdad Abierta, mayo 29 de 2026). De acuerdo con la Misión de Observación Electoral (MOE), antes de la segunda vuelta electoral 386 municipios registraban niveles de riesgo por factores de violencia (MOE, 2026), donde los grupos armados buscan consolidar el control social y territorial, lo que a su vez pudo traducirse en injerencia armada en las elecciones o disminución en la participación política de la población, particularmente, de la población étnica del país.

Participación por medio de la Circunscripción Transitorias Especiales de Paz (CTEP)

El CONPA expresa su preocupación y extrañeza por la pública adhesión y respaldo, expresado por 11 de los 16 congresistas de las curules de paz que fueron elegidos para el segundo y último periodo las CTEP (2026-2030), al Gobierno de Abelardo de la Espriella que se opone abiertamente al Acuerdo de Paz por medio del cual llegaron al Congreso de la República. Resulta contradictorio que las curules de paz, que se supone deben dar voz a los territorios más afectados por el conflicto armado e impulsar la implementación del Acuerdo de Paz, den su apoyo a un Gobierno que prometió en campaña el cierre de la JEP y ha anunciado el desmonte de la institucionalidad de la paz (La Silla Vacía, julio 22 de 2026). El CONPA prende las alarmas y exhorta a los votantes de las curules de paz y a la ciudadanía en general a ejercer control y veeduría a las actuaciones de los congresistas de las CTEP ante los señalamientos de su cooptación por parte de la política tradicional y la primacía de “una lógica más burocrática que ideológica” (La Silla Vacía, julio 27 de 2026).

SISEP con enfoque étnico

En los últimos meses, el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política (SISEP) ha registrado avances normativos, administrativos y de seguimiento. Así, por ejemplo, la secretaría técnica de la Instancia de Alto Nivel culminó la elaboración del documento sobre los lineamientos para su coordinación y articulación con los demás programas e instancias del SISEP, lo que constituye una hoja de ruta institucional para su adecuada articulación con los distintos componentes de este sistema (UIAP, 2026: 33). Además, también se ha reportado la puesta en marcha de 11 de las instancias tripartitas de protección y seguridad dispuestas por el Programa de Protección Integral para comunidades y organizaciones en los territorios (UIAP, 2026a: 5), así como la capacitación y acreditación de personas como promotoras de paz y convivencia; sin embargo, tal como anota el Instituto Kroc, este programa no evidenció avances en la implementación efectiva de medidas de protección en los territorios y sufrió de desarticulación con las demás instancias del SISEP (Kroc, 2026: 106).

A pesar de los avances mencionados, el funcionamiento del SISEP no ha contribuido a mejorar las condiciones de seguridad y protección de los líderes, especialmente de los liderazgos étnicos, en regiones como el Catatumbo o el norte del Cauca. Según la UIAP, el SISEP ha venido operando como un conjunto de instancias formales separadas más que un sistema integrado y cohesionado con capacidad operática real. Según esta entidad, “el SISEP no logra traducir toda la fortaleza normativa adquirida en estos cuatros años en acciones contundentes que permitan disminuir los niveles de violencia contra líderes y lideresas, firmantes de paz y defensores de derechos humanos” (UIAP, 2026: 76). Pero además, tal como señala la IEANPE, la comisión de seguimiento y evaluación del desempeño de la SISEP no ha incorporado en sus informes las afectaciones sufridas por los pueblos y comunidades étnicas, lo que “constituye sin duda alguna la negación de nuestra existencia y por cierto la continuidad del racismo estructural” (IEANPE, abril 2025: 1).

Punto 3: Fin del conflicto

El Capítulo Étnico en el punto de fin del conflicto establece el programa de armonización para las comunidades étnicas que reciben personas en proceso de reincorporación. Además, incluye medidas para la inclusión del enfoque étnico en los programas y acciones para garantizar la seguridad y protección de los pueblos étnicos, y garantiza el reconocimiento y fortalecimiento de los mecanismos propios de protección, tales como las guardias cimarronas e indígenas.

En general, persiste la tendencia al incumplimiento de los compromisos para la protección de los pueblos y territorios étnicos en Colombia. Según el Instituto Kroc, con corte a noviembre de 2025, ninguna de las disposiciones con enfoque étnico del punto 3 se encontraba completada, mientras que el 57% de ellas se encontraba en niveles intermedios de avance y el otro 43% registraba niveles mínimos de avance (Kroc, 2025: 96). Este precario nivel de implementación se explica por la ausencia de medidas afirmativas del Programa de Seguridad y Protección para los pueblos y territorios afrocolombianos e indígenas y la virtual inoperancia en los territorios de la política de desmantelamiento de organizaciones criminales. Además, el CONPA llama la atención que, a diez años de iniciada la implementación del Capítulo Étnico, no se haya avanzado en el reconocimiento jurídico y el fortalecimiento de las guardias cimarronas en tanto mecanismos para el autocuidado y la protección colectiva de los pueblos negros y afrocolombianos.

De otro lado, el principal avance del Capítulo Étnico en el punto de fin del conflicto en los últimos meses es la concertación y puesta en funcionamiento del programa especial de armonización de personas firmantes con pertenencia étnica (Decreto 103 de 2025 para pueblos negros y afrocolombianos y Decreto 856 de 2025 para los pueblos indígenas).

Con corte al 30 de junio de 2026, SIIPO registra un avance del 40% en los indicadores de avance del punto 3 de fin del conflicto del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. Esta cifra contrasta con el 62,1% de avance de las disposiciones generales de este punto, lo que pone de presente el rezago en el cumplimiento de las medidas con enfoque étnico para la culminación del conflicto y para la protección y seguridad de las organizaciones y territorios étnicos en el país.

En los últimos años, y pese a los esfuerzos gubernamentales para mejorar las condiciones de seguridad, las comunidades y pueblos étnicos siguen siendo desproporcionalmente victimizados y afectados como resultado de las disputas de los actores armados y de la criminalidad por el control de las economías ilícitas, los territorios y poblaciones que allí habitan.

Principales avances de las disposiciones para el fin del conflicto y la protección de las comunidades

Programa Especial de Armonización (PAE)

De acuerdo con la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), con corte a febrero 2026, 11.088 firmantes se encontraban en el programa de reincorporación, de los cuales 11.059 permanecían activos. De los firmantes activos, 3.082 personas pertenecen a pueblos étnicos (lo que corresponde al 27,7% del total). (UIAP, 2026: 30).

El principal avance del Capítulo Étnico en el punto de fin del conflicto en los últimos meses es la concertación y puesta en funcionamiento del programa especial de armonización de personas firmantes con pertenencia étnica. Por un lado, el programa para la reintegración y reincorporación social y económica con enfoque diferencial étnico y de género para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (Decreto 103 de 2025) se ha venido implementando en tres consejos comunitarios Cocomacia y Jiguamiandó (Chocó) y Río Mejicano (Nariño). Por medio de convenios suscritos con la ARN, se han venido implementado las acciones concertadas en el plan comunitario de armonización. Por otro lado, el programa ‘Caminos para volver al origen’ (Decreto 856 de 2025), de los pueblos indígenas, ha venido siendo implementado en tres resguardos en Jambaló (Cauca), Mayasquer (Nariño) y Cañamomo Lomapietra (Caldas). En estos lugares ya se ha logrado construir los planes comunitarios de armonización y llevar a cabo actividades acordadas con las comunidades y las autoridades indígenas (Kroc, 2026: 102).

Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones y conductas criminales

El CONPA llama la atención sobre el reciente recrudecimiento del conflicto armado y la violencia debido a la disputa entre los distintos grupos armados por el control de las economías ilegales en departamentos como Cauca, Caquetá, Chocó, Huila, Meta, Nariño, Arauca, Norte de Santander, Valle del Cauca y Antioquia. De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el incremento de las confrontaciones armadas y el control y gobernanza armada por parte de los grupos armados ilegales ha afectado de manera particular a la población étnica en Colombia en términos de desplazamientos forzados, confinamientos, homicidios, daños por artefactos explosivos, violencia sexual y reclutamiento y utilización de niños y niñas (ONUDDHH, abril 2 de 2026: 3).

Ante este difícil panorama humanitario y de seguridad, las estrategias para la protección de la población y persecución de las organizaciones y conductas criminales no han logrado disminuir los riesgos y la victimización de las comunidades. Así, por ejemplo, la política pública de desmantelamiento de organizaciones criminales y su plan de acción permanente (PAP), desplegado como piloto en el norte del Cauca y Magdalena Medio, parecen no despegar. El Ministerio del Interior, encargado de su implementación, no presentó los resultados de esta estrategia y tampoco finalizó el protocolo de trabajo territorial para su materialización. En este sentido, la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad (CNGS) ha señalado que esta política no ha podido ser implementada debido a problemas de articulación institucional, ausencia de indicadores y presupuesto definidos (Kroc, 2026: 108). Por su parte, la Unidad de Implementación asegura que ya se cuenta con los lineamientos para la territorialización del PAP, lo que dinamizaría su implementación en los territorios priorizados (UIAP, 2026:33). No obstante, la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación (STCIV) ha señalado que, a pesar de los avances formales de esta política, “no hay resultados significativos en materia de desmantelamiento de estas organizaciones criminales responsables de la violencia que obstaculiza de manera importante y creciente la implementación del Acuerdo Final” (STCIV, 2025b: 10). Por su parte, el CONPA ha evidenciado la falta avances para la creación y puesta en funcionamiento de la Comisión de enfoques diferenciales para incorporar el enfoque étnico en la política de desmantelamiento. Además, la IEANPE también ha advertido que la política de desmantelamiento no contempla la articulación entre autoridades estatales y la guardia indígena y cimarrona para construir estrategias de protección de líderes étnicos y firmantes con pertenencia étnica (IEANPE, enero 2025: 1).

Mecanismos diferenciales y fortalecimiento de las formas propias de protección

A diez años del inicio de la implementación del Capítulo Étnico, el CONPA alerta que las instituciones estatales no han implementado ninguna medida pertinente culturalmente para fortalecer y empoderar los sistemas y formas propias de protección de los pueblos negros, afrocolombianos y palenqueros dado que las guardias cimarronas todavía no cuentan con reconocimiento jurídico, lo que debe hacerse por medio de la reformulación del Decreto Ley 4635 de 2011. Por otro lado, se han registrado en los últimos años algunas acciones institucionales para apoyar y fortalecer a guardias indígenas. Esto, por parte de la UNP que les ha entregado bastones de mando y otros implementos como chalecos, linternas y capas, además de establecer convenios con el CRIC y ACIN (Kroc, 2024: 155); el Ministerio de la Igualdad también reportó la realización de encuentros nacionales y la formulación de un proyecto de inversión para fortelecer 480 guardias de 12 resguardos (Kroc, 2025: 106).

El CONPA llama la atención sobre la necesidad de avanzar en el reconocimiento jurídico y el fortalecimiento decidido de las guardias cimarronas en tanto son mecanismos fundamentales para la defensa y cuidado de los territorios del pueblo negro, que hacen parte del sistema de justicia propia ancestral, del sistema de gobierno propio y del sistema de proteccion colectiva. Las guardias cimarronas constituyen mecanismos para el autocuidado y la protección colectiva, así como para el desarrollo de capacidades preventivas y de respuesta de emergencia ante los riesgos que enfrentan individuos, comunidades y organizaciones en los territorios (Hernandez et. al., en CONPA, 2023: 9).

Punto 4: Solución al problema de drogas ilícitas

El Capítulo Étnico en el punto 4 garantiza la consulta previa, libre e informada en el diseño y aplicación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Ilícitos (PNIS), incluyendo los planes de atención inmediata, así como el derecho de los pueblos étnicos a participar plena y efectivamente en las decisiones sobre sus territorios. Además, el Capítulo Étnico incluye el desminado humanitario en comunidades étnicas priorizadas.

En términos generales, a diez años de iniciada la implementación, las acciones para superar los problemas del narcotráfico continúan sin llegar de forma completa, estructural y culturalmente pertinente a los territorios étnicos. Con corte a noviembre de 2025, el estado de avance de las disposiciones con enfoque étnico de este punto era de 17%, mientras que el 67% se encontraba en niveles mínimos de implementación (Kroc, 2025: 115). Según el instituto Kroc, entre 2023 y 2024 no se presentó ninguna variación en el nivel de avance de la implementación de las disposiciones étnicas de este punto, lo que evidencia un estancamiento repetitivo en la incorporación del enfoque étnico en materia de transformación territorial y superación del problema de las drogas ilícitas en el país.

El CONPA llama la atención sobre la necesidad de que se garantice la consulta y concertación con el pueblo negro y afrocolombiano (en el ENC) de la ruta de incorporación del enfoque étnico en el PNIS, así como su articulación con los PISDA y planes de vida y salvaguarda. De igual forma, es crucial que se garantice la consulta del componente de la política nacional de drogas que aborda los daños y reducción del consumo de sustancias psicoactivas en los territorios de pueblos negros y afrocolombianos. Además, el CONPA subraya la necesidad de avanzar en el trámite y aprobación de los cambios normativos para el tratamiento penal diferenciado de pequeños cultivadores, especialmente para las mujeres étnicas.

A pesar de los esfuerzos en esta materia, en los últimos años se ha presentado un incremento de las áreas afectadas por los cultivos de uso ilícito, el recrudecimiento del conflicto armado y la disputa de los actores armados ilegales por controlar los territorios clave para el narcotráfico. De acuerdo con el Sistema Integrado de Monitoreo de Cultivos Ilícitos (SIMCI) de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Colombia (UNODC), entre 2023 y 2024 se registró un aumento del 3,5% del área sembrada con coca en Colombia, al pasar de 253.000 ha a 261.000 ha (UNODC, 2024: 14), de las cuales el 21% se localizó en tierras colectivas de comunidades negras y el 12% en resguardos indígenas (Ibíd.:19). Esto supone un aumento, entre 2023 y 2024, del 5% del área afectada de territorios colectivos de las comunidades negras (130 consejos comunitarios) y del 9% en territorios indígenas (223 resguardos) (Ibid..: 34). Por esta razón, es imperioso que el Estado colombiano atienda esta problemática de forma estructural y que, concertadamente con las comunidades, se avance hacia la superación de las condiciones de pobreza y exclusión de la población étnica para la transformación de los territorios.

Con corte al 30 de junio de 2026, SIIPO registra un avance del 47,1% en los indicadores de avance para el punto 4 de solución al problema de drogas ilícitas del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. Esta cifra contrasta con el 68,5% de avance reportado con respecto a los compromisos generales de dicho punto.

Principales avances para la solución del problema de las drogas ilícitas

El Programa Nacional Integral de Sustitución d Cultivos de uso Ilícito (PNIS) en territorios étnicos

Luego de la sentencia C-493 de 2017 de la Corte Constitucional en la que se determinó que el PNIS no requería de consulta previa por su carácter voluntario y por la inexistencia de afectaciones a la identidad étnica y cultural de los pueblos étnicos, la IEANPE acordó con el Gobierno nacional la concertación de unos lineamientos y rutas para la incorporación del enfoque étnico en la implementación del PNIS en los territorios colectivos. El CONPA advierte que, al momento de elaboración de este informe, no evidenció avance o acción alguna para la concertación de dicha ruta en el Espacio Nacional de Consulta de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.

En cambio, según la UIAP, en diciembre de 2025 se logró la protocolización de dichos lineamientos ante la plenaria de la MPC, cuyo objetivo es garantizar la autonomía cultural y los sistemas de gobierno propio indígena en la transición hacia economías lícitas. Además, se formalizó un procedimiento de 21 pasos que constituye la “ruta étnica” y se impulsó la verificación de pertenencia étnica para identificar los hogares vinculados de forma individual al PNIS en territorios colectivos y asegurar que reciban el tratamiento diferencial concertado (UIAP, 2026: 47).

De otro lado, la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) reportó que los últimos años ha hecho presencia en 8 consejos comunitarios y 28 resguardos, donde ha identificado inicialmente a 21.844 núcleos familiares con pertenencia étnica vinculados al programa. No obstante, según ha documentado el instituto Kroc, han persistido los retrasos significativos, por ejemplo, en el componente de ciclo largo del PAI familiar. Para noviembre de 2024, solo el 10,8% de las familias PNIS con pertenencia étnica recibieron beneficios de este componente y solamente el 7,4% de las familias étnicas con titularidad de mujeres tuvieron beneficios. Dada esta situación de rezago sistemático del PNIS para los pueblos étnicos, la Corte Constitucional, por medio de la sentencia T-172 de 2024, decidió proteger los derechos al debido proceso, al mínimo vital, a la igualdad y a la vida de los Consejos Comunitarios de Alto Mira y Frontera y Río Mejicano en Nariño por el incumplimiento de la ART y la DSCI en los compromisos adquiridos para la asistencia alimentaria y técnica del PNIS. En este fallo también se ordenó avanzar en la adecuación étnica del programa garantizando la consulta previa (Kroc, 2024: 139).

El CONPA subraya la necesidad de que se garantice la consulta y concertación con los pueblos étnicos y, particularmente, con el pueblo negro y afrocolombiano, tanto de la ruta de incorporación del enfoque étnico en el PNIS (y su articulación con los PISDA y planes de vida y salvaguarda) como de la Política Nacional de Drogas.

Participación, consulta e implementación del Programa de intervención integral de consumo de SPA con enfoque étnico

El proceso de consulta del componente de la política nacional de drogas que aborda los daños y reducción del consumo de sustancias psicoactivas en los territorios étnicos se encuentra rezagado y enfrenta desafíos importantes para su implementación en los territorios. En este sentido, el Ministerio de Justicia ha señalado que todavía no existe avance ni compromiso alguno para realizar el proceso de consulta previa en esta materia con los pueblos negros en el marco del ENCP. En cuanto a la consulta con los pueblos indígenas, el Ministerio de Justicia ha reportado entre 2023 y 2024 algunos avances en el alistamiento de la preconsulta en la MPC (con el establecimiento de un convenio con la ONIC para formular la ruta metodológica del proceso) (Kroc, 2024: 143).

Es de destacar el avance normativo que supuso la expedición de la Resolución 2100 de 2025 del Ministerio de Salud por medio de la cual se actualizó la Política Integral para la Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas, se incorpora el enfoque de reducción de riesgos y daños, además de formalizar el Sistema Nacional de Atención al Consumo. Además, por medio del decreto 1138 de 2025 se actualizó la regulación del cannabis medicinal para ampliar su uso terapéutico, formalizar su producción bajo vigilancia del Estado omover la investifación científica sobre otros usos (Kroc, 2025: 126).

De otro lado, se han implementado algunas acciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 como la formulación concertada de propuestas y el diseño de una ruta metodológica para la prevención del consumo y el acompañamiento comunitario para la población negra y afrodescendiente, de forma conjunta con la Comisión III del ENCP. Además, se realizaron encuentros, campañas de prevención del consumo y se logró la formulación de un plan de acción en salud mental para jóvenes indígenas. Finalmente, continuó la implementación de los Centros de Atención Móvil a Drogodependientes (CAMAD) con el Pueblo Nukak y la comunidad Emberá Dóbida para el fortalecimiento de las armonías espirituales (Ibid.: 127).

Tratamiento penal diferencial para pequeños cultivadores

El CONPA alerta que el trámite y aprobación de los cambios normativos para el tratamiento penal diferenciado de pequeños cultivadores, especialmente para las mujeres, no ha avanzado, como tampoco lo hizo el proceso de consulta previa al respecto. Tal como se ha señalado en informes anteriores, se han presentado ocho proyectos de ley pero ninguno ha sido aprobado, razón por la que se ha registrado una limitada implementación del PNIS y sus compromisos en los territorios étnicos (STCIV, 2025b: 15). Además, el PMI tiene dos indicadores relacionados con este compromiso (D.E.13 y D.E.14) y ninguno de ellos registra avances.

Desminado humanitario en territorios priorizados

A pesar de que el plazo de cumplimiento del compromiso de desminado ya culminó y las entidades responsables continúan reportando sus avances de forma extemporánea, es importante mencionar los importantes obstáculos de seguridad y logística que han limitado el avance del desminado en los territorios étnicos priorizados. Según la Consejería Comisionada de Paz, con corte diciembre de 2025, el saneamiento y descontaminación de minas antipersona y munición sin explotar en los territorios priorizados tuvo un avance del 55,2%, lo que corresponde a 360 resguardos y 58 consejos comunitarios libres de estos explosivos gracias a la concertación con los pueblos étnicos (UIAP, 2026b: 163). Si bien en 2026 no se ha declarado a más zonas como libres de sospecha por contaminación por minas antipersonal, las entidades encargadas siguieron desarrollando acciones de identificación, reducción y liberación progresiva de áreas con sospecha de contaminación, de acuerdo a lo reportado en el SIIPO (indicador D.E.6).

Punto 5: Víctimas del Conflicto

El Capítulo Étnico en este punto tiene el propósito de garantizar la participación plena y efectiva de las víctimas de los pueblos étnicos, así como la inclusión del enfoque étnico en el diseño, implementación y seguimiento de las acciones de las entidades del Sistema Integral para la Paz (SIP) y del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV). Este Capítulo también señala la importancia de respetar las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales y avanzar en la coordinación y articulación de la justicia propia de estos pueblos con la JEP.

En líneas generales, a diez años de iniciada la implementación se registra un estancamiento y retraso persistente en el diseño y aplicación de los Planes Integrales de Reparación Colectiva (PIRC) de los pueblos étnicos y las medidas para el retorno y reubicación. Por su parte, las entidades que conforman el SIP (la JEP y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas) avanzaron en la incorporación y aplicación del enfoque étnico-racial en sus mandatos y en las diversas acciones de implementación que han realizado para la reparación y satisfacción de los derechos de las victimas étnicas. No obstante, el CONPA reitera la necesidad de continuar profundizando los esfuerzos para garantizar la participación con incidencia de los pueblos étnicos en los distintos procesos de la JEP (como la construcción de los TOAR o la incidencia en el caso 09) y de la UBPD para la satisfacción de los derechos de las víctimas étnicas en el país.

De acuerdo con el instituto Kroc, con corte a noviembre de 2025, el estado de avance de las disposiciones con enfoque étnico del punto de víctimas del conflicto era del 20%, mientras que el 70% de ellas se encontraba en niveles mínimos de implementación, y el 10% no había iniciado la implementación (Kroc, 2025: 137), exactamente los mismos niveles de avance reportados a finales de 2024.

Con corte al 30 de junio de 2026, SIIPO registra un avance del 48,8% en los indicadores étnicos para el punto 5 de Víctimas del Conflicto. Esta cifra contrasta con el 53,3% de avance reportado con respecto a los compromisos generales de dicho punto.

Principales avances para la reparación de las víctimas étnicas

Reparación Colectiva de comunidades étnicas

El CONPA advierte que en los últimos años han persistido los rezagos y limitaciones en el avance e implementación de los Planes Integrales para la Reparación Colectiva (PIRC) de los sujetos de reparación colectiva étnicos. Como se ha señalado en informes anteriores, se continúa evidenciando un desconocimiento del enfoque étnico y de las dinámicas culturales y organizativas de los pueblos por parte de funcionarios y entidades estatales, así como problemas de financiación o falta de recursos suficientes para el desarrollo de los procesos de consulta previa.

Con corte noviembre de 2023, se incluyeron 971 sujetos de reparación colectiva en el Registro Único de Víctimas (RUV) de la Unidad de Víctimas, de los cuales 688 son sujetos étnicos (Kroc, 2024: 194). De acuerdo con la UARIV, a diciembre de 2024 habían sido protocolizados 165 PIRC de sujetos de reparación colectiva étnicos, de los cuales solamente han sido totalmente finalizados (con acta de cierre en firme) 4 PIRC, lo que equivale al 2,4% del total (indicador E.E.2 del PMI)[1]. Este precario desempeño y limitado avance en la reparación de los pueblos étnicos se debe, según la UIAP, a problemas de coordinación y articulación de las entidades del SNARIV, además de retrasos en los procesos de contratación de dichas instituciones (UIAP, 2026: 165).

Ahora bien, en cuanto a los sujetos de reparación colectiva étnicos que registran al menos el 15% de avance de sus PIRC (indicador E.E.1 del PMI), la UARIV reportó a finales de 2025 un avance del 56,3%, lo que corresponde a 93 PIRC que registraron el desarrollo de las acciones concertadas para la restitución de derechos, la reconstrucción del tejido social y el fortalecimiento organizativo de las comunidades beneficiadas (UARIV, 2026: 11). Con respecto a los PIRC de sujetos de reparación colectiva étnicos en municipios PDET con avances de al menos 15% (indicador E.E.3), se reporta un avance del 52%, que corresponde a 59 PIRC de un total de 114 PIRC protocolizados en territorios PDET (UARIV, 2026: 26).

En todo caso, tal como señala la IEANPE, es crucial que la institucionalidad encargada de la reparación haga un mayor esfuerzo para llegar a las zonas rurales remotas y de difícil acceso, que es donde usualmente habitan las comunidades étnicas, para garantizar su acceso a los servicios estatales y la satisfacción de sus derechos a la reparación. Además, es clave diseñar procesos de pedagogía y construcción de confianza con las comunidades étnicas que históricamente han sido discriminadas y excluidas, así como garantizar el acceso a la información y superar las barreras lingüísticas para avanzar en los procesos de reparación (IEANPE, enero de 2025: 2).

Retorno y reubicación de las comunidades étnicas

La persistencia y recrudecimiento del conflicto armado y la disputa de los distintos grupos armados en los territorios étnicos ha obstaculizado e impedido el retorno, la reubicación y la reparación de los derechos étnico-territoriales de las comunidades étnicas en condiciones de dignidad y seguridad.

Si bien se han presentado algunos avances de gestión para la presentación de demandas para la restitución de los derechos territoriales de los pueblos étnicos priorizados en el Capítulo Étnico (pueblos Nukak, Emerá Katío del Alto San Jorge, Consejos comunitarios Alto Mira y Frontera y Curvaradó y Jiguamiandó), no se ha logrado concretar los procesos de retorno y reubicación de estas comunidades (indicador E.E.13). Dado que para que estos procesos avancen se requiere tanto de la intervención de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) para la presentación de las demandas ante los jueces de tierras, como del involucramiento de la Unidad de Víctimas para el diseño y aplicación de los planes de retorno y reubicación, es necesaria una actuación institucional coordinada y articulada. Y a pesar de la existencia de un convenio entre estas dos entidades, los avances han sido escasos porque persisten fallas en la coordinación entre ellas debido a la complejidad de estos casos, por las adversas condiciones de seguridad, y por los cambios institucionales en los procesos de concertación con las comunidades (Kroc, 2024: 198). De otro lado, con respecto a los procesos de retorno y reubicación de otras comunidades étnicas (no priorizadas en el Capítulo Étnico), la Unidad de Víctimas reporta un avance del 0% a diciembre de 2025 (indicador E.E.5 del PMI).

El enfoque étnico en el Sistema Integral para la Paz (SIP)

Jurisdicción Especial para la Paz (JEP):

Es de resaltar el avance del caso 09, sobre crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos y territorios étnicos, que reconoce e investiga las vulneraciones a los derechos fundamentales y la afectación diferencial sufrida por los pueblos y territorios étnicos durante el conflicto armado. Para este caso, la JEP ha identificado 375.967 víctimas étnicas, que están ubicadas en la Sierra Nevada de Santa Marta (89.994); en Chocó, en el Medio Atrato (61.826); en el Pacífico Medio, Buenaventura y Dagua (190.607); y en la Amazonía y Orinoquía (33.540) (Kroc, 2024: 181). Para cada una de estas regiones, la JEP está implementando rutas de participación de las comunidades cultural y contextualmente pertinentes para posibilitar el avance de este proceso. Sin embargo, el CONPA advierte que varias comunidades étnicas han señalado obstáculos importantes que han impedido su participación efectiva en las jornadas de la JEP: las condiciones de seguridad en los territorios étnicos, las distancias y trayectos largos que estas personas deben recorrer para participar en los espacios de participación, además de las barreras lingüísticas para algunas comunidades indígenas.

Adicionalmente, otros casos abiertos por la JEP también están investigando hechos ocurridos en otros territorios étnicos del país. Por ejemplo, el caso 02 se ocupa de lo ocurrido en los territorios étnicos del Pacífico Nariñense; el caso 05 en territorios del Valle y Cauca; y el caso 04 en la región del Urabá. Así mismo, se ha abierto el caso 11, sobre violencia basada en género, violencia sexual y reproductiva que, desde una perspectiva interseccional, también investiga y analiza las violencias que las mujeres étnicas y personas LGTBIQ enfrentaron durante el conflicto armado. En este último caso, tal como ha señalado la Instancia Especial de Mujeres (IEM), es crucial que se incorpore el enfoque cultural de género, mujer, familia y generación para investigar y reparar las afectaciones diferenciales sobre el “cuerpo-tierra-territorio” de las mujeres étnicas (IEM, noviembre de 2023). En este sentido, también vale mencionar el trabajo que la JEP ha venido desarrollando, con la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas, para la incorporación del enfoque cultural de género, mujer, familia y generación en los procesos y procedimientos de la JEP.

De otra parte, el CONPA destaca los avances de la JEP en relación con los lineamientos del sistema restaurativo y la incorporación del enfoque étnico para la implementación de proyectos restaurativos por parte de los comparecientes para restaurar y sanar los daños causados durante el conflicto. Por medio del Acuerdo 011 de 2024, la JEP adoptó siete líneas restaurativas, de las cuales dos son clave para el enfoque étnico: la línea restaurativa de medio ambiente, naturaleza y territorio y la línea de daños diferenciales y macro victimización, particularmente de las víctimas con pertenencia étnica (Kroc, 2024 193). Dado que estos lineamientos no especifican cómo se propiciará la participación efectiva de los pueblos étnicos en el diseño, implementación y monitoreo de los proyectos restaurativos, es crucial que la JEP garantice espacios de participación e incidencia para una efectiva incorporación del enfoque étnico en estos procesos.

Adicionalmente, se destaca que la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP ha proferido las primeras sentencias y sanciones propias en los casos 01 (contra miembros del antiguo secretariado de las FARC-EP) y 03 (contra miembros en retiro del Ejército Nacional del Batallón e Artillería No. 2 la Popa), lo que constituye un importante avance de su mandato de garantizar los derechos de las víctimas y esclarecimiento de la verdad. En cuanto a la implementación y seguimiento de estas y las futuras sanciones propias, es importante el establecimiento de la instancia de articulación entre la JEP y el Gobierno nacional, en junio de 2023, así como la definición de una ruta de coordinación interinstitucional que dinamiza la articulación entre las entidades del ejecutivo y la JEP para la aplicación y seguimiento de las sanciones propias y trabajos, obras y actividades con contenido reparador (TOAR) (Ministerio de Justicia, 2026: 66).

Unidad de Búsqueda de personas dadas por Desaparecidas (UBPD)

El CONPA resalta la construcción del Plan Nacional de Búsqueda y la ruta para la priorización estratégica territorial para su despliegue, publicado en 2022, que tomó en consideración las sugerencias e insumos provistos por los pueblos étnicos para establecer dos prioridades clave: por un lado, diseñar una estrategia de búsqueda de personas dadas por desaparecidas pertenecientes a pueblos indígenas y la recuperación de cuerpos en territorios de jurisdicción indígena; y por el otro, diseñar una estrategia para la búsqueda de personas dadas por desaparecida de pueblos y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (UBPD, 2022). Además, la UBPD reporta la construcción de 89 planes regionales de búsqueda, que fueron y están siendo consultados con los pueblos étnicos en el nivel territorial (Kroc, 2024: 178).

Adicionalmente, se destaca la construcción y aplicación de la estrategia y protocolos de participación e incorporación de los enfoques diferenciales, étnico y de género, para la implementación de acciones humanitarias y extrajudiciales para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en territorios étnicos. Para el caso de las comunidades indígenas, se subraya el establecimiento de un órgano de interlocución permanente entre la UBPD y los pueblos indígenas por medio de la Comisión de Derechos Humanos de los Pueblos indígenas; en cuanto a las comunidades negras y afrocolombianas, el relacionamiento con la UBPD ocurrió por medio de la Comisión 6ta del ENC, espacio que sirvió para la construcción y consulta del protocolo de relacionamiento y coordinación entre la UBPD y las comunidades (Kroc, 2024: 178).

De tal suerte, para abril de 2024, la UBPD había identificado un universo de 11.640 personas dadas por desaparecidas, de las cuales 2.136 pertenecen a comunidades indígenas y 2.074 a pueblos negros y afrocolombianos. Así mismo, reportó 89 entregas culturalmente pertinentes de personas con pertenencia étnica; esto, de un total de 619 personas dadas por desaparecidas entregadas dignamente entre 2017 y 2025 (Kroc, 2026: 139). De otro lado, es importante mencionar la expedición del Decreto 63 de 2026, por medio del cual se reglamenta la Ley 2364 de 2024 (Ley de Mujeres Buscadoras). Esta ley reconoce a las mujeres buscadoras como constructoras de paz y garantizan su acceso a la salud integral, educación, vivienda, a programas sociales, así como a su autonomía económica, la justicia y la protección, especialmente en casos de violencia por su rol como buscadoras (Ministerio de Justicia, enero 29 de 2026).

Punto 6: Seguimiento y verificación

El punto 6 tiene el objetivo de garantizar la implementación efectiva y eficiente del Acuerdo de Paz. En este punto, el Capítulo Étnico establece mecanismos de verificación e impulso de la implementación, tales como la Instancia Especial de Alto Nivel de los Pueblos Étnicos (IEANPE) que actúa como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI). También dispone la creación de mecanismos para la producción de información y el monitoreo del cumplimiento de los compromisos del Acuerdo de Paz.

En general, a diez años de iniciada la implementación, los compromisos del punto 6 para el seguimiento y verificación se encuentran en un estado general de estancamiento o de avance lento. Según el Instituto Kroc, con corte a noviembre de 2025, el estado de avance de las disposiciones con enfoque étnico para el seguimiento y verificación de la implementación era del 29%, mientras que el 47% de ellas se encontraba en niveles mínimos, y el 6% no había iniciado la implementación (Kroc, 2026: 160). Como el CONPA ha señalado en informes previos, persisten las limitaciones y falta de acceso a información pública oficial, clara y rigurosa sobre la implementación del Capítulo Étnico. La falta de información relevante y oportuna ha dificultado el proceso de seguimiento, monitoreo y veeduría ciudadana a la implementación. Esto, debido a la falta de sistematicidad, periodicidad y rigurosidad de los reportes de los avances del PMI en el SIIPO, como también con respecto a la inconsistencia y falta de transparencia para la publicación y acceso a información presupuestal y del gasto público de la implementación del Acuerdo de Paz. Además, el CONPA reitera la centralidad de que el Estado colombiano garantice el derecho fundamental a la consulta previa e informada de los pueblos étnicos para la implementación efectiva y completa del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. También es fundamental avanzar en las medidas para lograr la sostenibilidad y funcionamiento de la IEANPE para garantizar la participación de los pueblos y la incorporación del enfoque étnico en el proceso de la implementación del Capítulo Étnico.

De otra parte, se destaca el valioso proceso de revisión y actualización de los indicadores del PMI, incluyendo los indicadores que miden los avances y el cumplimiento de los compromisos del Capítulo Étnico. Se espera que este avance contribuya no solo a facilitar el seguimiento y la veeduría ciudadana sobre la implementación. Así mismo, ha sido crucial el papel de la UIAP y la CSIVI para el diseño e instalación formal del Mecanismo Internacional de Verificación del Capítulo Étnico por parte de la MAPP-OEA y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los derechos Humanos.

Con corte al 30 de junio de 2026, el SIIPO registra un avance del 57% en los indicadores de avance para el punto 6 para el seguimiento y verificación de la implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. Esta cifra contrasta con el 61,9% de avance reportado con respecto a los compromisos generales de dicho punto.

Principales avances para el seguimiento del Capítulo Étnico

La Instancia Especial de Alto Nivel con los Pueblos Étnicos (IEANPE)

La IEANPE ha sido clave para garantizar la incorporación del enfoque étnico, el cumplimiento de los compromisos y la garantía de los derechos especiales de los pueblos étnicos en el proceso de la implementación del Capítulo Étnico. La IEANPE ha venido desarrollando importantes acciones de incidencia política, pedagogía y de comunicaciones sobre los retos y desafíos para el cumplimiento de los compromisos pactados en el Acuerdo de Paz con los pueblos y territorios étnicos. Así, por ejemplo, es clave destacar el papel de la IEANPE en la construcción y consolidación del Pacto por la implementación del Capítulo Étnico, en noviembre de 2023, que comprometió a las entidades estatales encargadas de la implementación a lograr avances, particularmente en lo relacionado con la reforma rural en los territorios étnicos, la reparación de las víctimas étnicas, la participación política y la seguridad de los pueblos étnicos. Adicionalmente, la Instancia desarrollo sesiones de trabajo y pedagogía sobre el Capítulo Étnico en diversos territorios en los que, además, recopiló información y testimonios para la elaboración de su informe de seguimiento A siete años de la firma del Acuerdo Final de Paz: Todo ha cambiado… pero para los pueblos étnicos todo sigue igual” (IEANPE, 2024). De igual forma, es importante mencionar que en la página de Internet de la IEANPE también se encuentran una serie de boletines cortos sobre la implementación del Capítulo Étnico, así como artículos y noticias sobre la labor de diálogo y concertación entre los pueblos étnicos, el Gobierno nacional, la CSIVI y otros actores sociales para garantizar el seguimiento a la implementación del Acuerdo de Paz y el cumplimiento del Capítulo Étnico.

Así mismo, en los últimos años la IEANPE intervino y contribuyó en dos procesos clave para el avance de la implementación del Capítulo Étnico: por un lado, hizo parte de la mesa para el ajuste de los indicadores étnicos del Plan Marco de Implementación, conformada también por el DNP y la UIAP, en la que se revisaron y depuraron dichos indicadores y se actualizaron sus fichas técnicas (STCIV, 2025b, 214); por otro lado, la IEANPE también trabajó con la Vicepresidencia de la República y otras entidades para la elaboración de diagnósticos y lineamientos para la incorporación del enfoque étnico en la implementación de los planes nacionales de la reforma rural integral (PNRRI).

A pesar del valioso papel como órgano consultor e interlocutor para la incorporación del enfoque étnico en el proceso de implementación, la IEANPE continúa enfrentando problemas de sostenibilidad y financiación que ponen en riesgo su funcionamiento en el futuro cercano. El convenio 556 de 2024, suscrito entre la ONIC y el Fondo Colombia en Paz, garantizó la continuidad de sus labores y la contratación de su equipo de trabajo entre mayo de 2024 y mayo de 2025 (UIAP, 2025: 51). Sin embargo, al momento de elaboración de este informe es incierto si la nueva administración del presidente De la Espriella garantizará el funcionamiento de esta instancia, que es clave para el avance del Capítulo Étnico.

El CONPA hace un llamado al Gobierno nacional y la cooperación internacional sobre la importancia y necesidad de mantener y fortalecer el apoyo técnico, presupuestal y político a la IEANPE para garantizar la participación de los pueblos étnicos en la construcción de la paz en Colombia.

El Plan Marco de Implementación (PMI) y el SIIPO

Uno de los avances centrales en los últimos meses para el proceso de implementación del Acuerdo de Paz ha sido la revisión y actualización de los indicadores del PMI, incluyendo los indicadores que miden los avances y el cumplimiento de los compromisos del Capítulo Étnico. La actualización del PMI era uno de los compromisos incumplidos en este punto de seguimiento y verificación (punto 6.1.1 del Acuerdo de Paz), que consistió en la revisión y ajuste de los indicadores para mejorar la medición y el monitoreo del proceso de implementación, entendido como una política de Estado para el corto, mediano y largo plazo. Esta revisión, liderada por la UIAP, el DNP, la CSIVI e instancias asesoras como la IEANPE, establece con mayor precisión las responsabilidades de las entidades encargadas “y se fortalecen las medidas de resultados por sobre la gestión” (DNP, UIAP y CSIVI, 2024: 6), lo que puede contribuir a una mejor incorporación de los enfoques diferenciales, particularmente el enfoque étnico.

Como resultado del proceso de revisión y actualización del PMI, se ajustaron 121 indicadores y se diseñaron 81 nuevos indicadores (Ibid.:6). En cuanto a la revisión de los compromisos del Capítulo Étnico, fueron ajustados 28 indicadores por medio de los cuales se espera fortalecer la participación y la consulta previa, los derechos territoriales de los pueblos étnicos y la reparación a las víctimas étnicas. Por ejemplo, extendió la vigencia de los indicadores relacionados con la concertación de los PNRRI, se revisaron y mejoraron las acciones para el acceso a la justicia en el sistema de prevención de alerta temprana y el desminado y saneamiento de MAP y MUSE, así como los indicadores sobre el tratamiento penal diferenciado (DNP, 2024 en STCIV, 2025b: 214). Además, se incluyeron 4 nuevos indicadores étnicos para el seguimiento de la reforma rural integral.

El CONPA celebra la exitosa culminación del proceso de revisión y actualización del PMI, el ajuste de los indicadores étnicos existentes y el diseño de nuevos indicadores para un mejor y más riguroso seguimiento de la implementación del Acuerdo Final en general, y del Capítulo Étnico en particular. Se espera que este avance contribuya no solo a facilitar el seguimiento y la veeduría ciudadana sobre la implementación y las acciones de las distintas entidades estatales involucradas, sino que también sirva para trascender del actual énfasis en actividades de gestión a resultados concretos en los territorios étnicos del país.

De otro lado, es importante mencionar los problemas actuales para el reporte y alimentación del Sistema Integral de Información del Posconflicto (SIIPO 2.0). El CONPA ha señalado en informes anteriores la necesidad de mejorar la transparencia, rigurosidad y periodicidad de los reportes de las distintas entidades sobre los avances en el proceso de implementación como requisito para los ejercicios de seguimiento, verificación y veeduría realizados por distintos actores de la sociedad civil, incluido el CONPA. En este sentido, la UIAP ha alertado sobre la falta de compromiso que en los últimos años se ha evidenciado por parte de distintas entidades encargadas de la implementación para hacer los reportes correspondientes de sus actividades en el SIIPO, lo que “limita la posibilidad de hacer seguimiento efectivo y dificulta la toma de decisiones” (UIAP, 2026: 77).

Por otra parte, en relación con el Pacto por la implementación del Capítulo Étnico, la UIAP reportó la puesta en funcionamiento en 2025 de mesas permanentes de seguimiento y articulación institucional en Putumayo, Cauca, Chocó y Catatumbo en las que se revisaron los avances, retos y la asignación de recursos para el cumplimiento de las metas y compromisos de dicho pacto[2] (UIAP, 2025: 52; STCIV, 2025b, 215).

Mecanismo Internacional de Verificación del Capítulo Étnico

En octubre de 2025, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, por medio de la   Resolución 2798, decidió prorrogar por un año la Misión de Verificación en Colombia, pero reducir su mandato y excluir el seguimiento del Capítulo Étnico y de las sanciones restaurativas de la JEP (Naciones Unidas, octubre 31 de 2025). Esta decisión, que supuso el rompimiento del consenso diplomático de respaldo al proceso de paz en Colombia, constituyó un retroceso significativo para la implementación y verificación del Capítulo Étnico.

Ante este escenario, durante el primer trimestre de 2026 la UIAP y la CSIVI avanzaron en el análisis y definición de un nuevo mecanismo para la verificación tanto de las sanciones propias de la JEP como del Capítulo Étnico. Esta entidad reportó el desarrollo de intensas agendas diplomáticas con países garantes y organismos multilaterales con un historial de independencia, seguridad jurídica, presencia territorial, experiencia en verificación, confianza de las partes, y reconocimiento y legitimidad internacional. Como resultado de este proceso, se logró conformar un esquema híbrido de verificación en cabeza de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA (MAPP-OEA) y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los derechos Humanos (ONU DDHH) (UIAP, 2026: 70-71).

De esta manera, en julio de 2026 se instaló formalmente el Mecanismo Internacional de Verificación del Capítulo Étnico de la MAPP-OEA y ONUDHH (IEANPE, julio 2 de 2026), lo que constituye un avance crucial para garantizar el monitoreo, respaldo y confianza internacional para continuar y profundizar la implementación del Capítulo Étnico y el cumplimiento de los compromisos adquiridos con los pueblos y comunidades étnicas de Colombia.

Seguimiento a los recursos para la implementación del Capítulo Étnico

El CONPA ha señalado de forma reiterada las inconsistencias y falta de transparencia en la publicación y acceso a la información presupuestal y del gasto público en la implementación del Acuerdo de Paz, y particularmente con respecto a los compromisos derivados del Capítulo Étnico (ver CONPA, 2024: 45). En este sentido, es importante que se avance en el diseño de medidas que garanticen y hagan posible una supervisión rigurosa de los montos y dineros invertidos en el cumplimiento de los compromisos con los pueblos étnicos y en la construcción de paz en general.

Tal como ha señalado la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación, han persistido los obstáculos para hacer el control ciudadano sobre la ejecución financiera del Capítulo Étnico. Esa Secretaría afirma que no hay indicadores institucionales (del PMI) que permitan identificar con precisión los recursos asignados a la implementación del Capítulo Étnico. Además, también ha subrayado la dificultad para acceder a información presupuestal oficial y actualizada sobre lo asignado o gastado en la implementación del Capítulo Étnico, lo que obstaculiza los esfuerzos para hacer seguimiento y veeduría de la ejecución presupuestal dirigida a los pueblos étnicos (STCIV, 2025b: 216). Así, por ejemplo, el trazador étnico de construcción de paz del Ministerio de Hacienda no tiene registro del presupuesto destinado entre 2019 y 2024 para el funcionamiento e implementación del Capítulo Étnico debido a la escasa información presupuestal sobre la apropiación y ejecución de este rubro (Ibid.: 220).

Por estas razones, el CONPA insiste en que es fundamental avanzar en la revisión del sistema de monitoreo fiscal y de la aplicación del denominado “marcador étnico” y “marcador paz”, para tener mejor y más transparente información presupuestal y del gasto público para la implementación del Capítulo Étnico. Sin esta información es virtualmente imposible hacer planeación y seguimiento de los recursos del Presupuesto General de la Nación destinados a la materialización del Capítulo Étnico.

Garantías para la Consulta Previa

El derecho fundamental a la Consulta Previa, Libre e Informada de los pueblos étnicos para la implementación del Acuerdo de Paz es crucial, y condición necesaria, para la incorporación efectiva del enfoque étnico y la garantía de los derechos colectivos y especiales de esta población.

El CONPA reconoce que en los últimos años se ha avanzado en importantes procesos de consulta y concertación con los pueblos étnicos en diversos temas centrales del Acuerdo de Paz y el Capítulo Étnico, tales como: la ruta de incorporación del enfoque étnico para la implementación de los PNRRI; la concertación sobre los programas especiales para la armonización de personas con pertenencia étnica; la implementación de la política de Catastro Multipropósito en territorios étnicos; y los protocolos de relacionamiento e incorporación del enfoque étnico en los distintos procesos y mandatos de la JEP y la UBPD. No obstante, desde una perspectiva más amplia y tomando en cuenta el periodo 2016-2026, persiste una tendencia al incumplimiento del derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades étnicos. Así, por ejemplo, a 10 años de iniciada la implementación, el indicador del PMI que mide el porcentaje de consultas previas sobre medidas legislativas o administrativas que afectan a los pueblos étnicos es del 0% (F.E.8), y el último reporte al respecto es de junio del año 2022.

En este sentido, el CONPA reitera la necesidad de que el Estado colombiano y las entidades encargadas de la implementación del Capítulo Étnico garanticen el derecho fundamental a la consulta previa e informada de los pueblos étnicos, particularmente en lo relacionado con las distintas reformas normativas, medidas legislativas o administrativas que aún están pendientes y que deben adelantarse (como aquellas que deben tramitarse para el cumplimiento del punto 2 de participación política) para la implementación efectiva y completa del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz.

  1. Conclusiones y recomendaciones

A diez años de iniciada la implementación del Capítulo Étnico, se registra una preocupante tendencia general de rezago, estancamiento e incumplimiento sistemático de los compromisos asumidos por el Estado colombiano con los pueblos y comunidades étnicas. Se estima que el avance de la implementación de las disposiciones étnicas es de apenas el 14% del total. Si bien en los últimos años se han producido importantes avances normativos y administrativos, es urgente pasar de la mera gestión de procesos a la obtención de resultados en los territorios para beneficiar y garantizar los derechos de los pueblos y comunidades étnicas.

Ante este preocupante panorama, el CONPA hace un llamado urgente para asumir la implementación del Capítulo Étnico y del Acuerdo de Paz como una política de Estado que, a partir de la evidencia y la experiencia disponible, corrija los rezagos, fortalezca los aciertos y profundice la implementación como hoja de ruta clave para superar los problemas estructurales del país, tales como la desigualdad rural, la precaria presencia estatal en los territorios afectados por el conflicto, así como la marginalización y exclusión política de los pueblos étnicos. El Estado colombiano y sus gobernantes tienen el compromiso legal y moral de cumplir con la implementación del Acuerdo de Paz y saldar la deuda histórica con los pueblos étnicos del país. Además, para hacerlo, el CONPA exhorta al Gobierno nacional que se garantice una verdadera representación y participación de las comunidades negras en los espacios de decisión y diseño de las políticas públicas en el país.

Entre los desafíos generales para sacar del letargo la implementación del Capítulo Étnico se encuentran: mejorar la grave situación de seguridad y dar alivio a las crisis humanitarias en los territorios étnicos como condición necesaria para hacer posible cualquier iniciativa o actividad de la implementación; recoger las lecciones aprendidas y reconocer los avances de los procesos de negociación de la administración anterior para evitar el recrudecimiento de la violencia y el conflicto en los territorios; encontrar fórmulas para asegurar la sostenibilidad financiera y presupuestal de las entidades encargadas de la implementación del Acuerdo de Paz en un contexto fiscal complejo para el país; y diseñar y aplicar medidas, instancias o arreglos institucionales para asegurar una mejor coordinación y articulación del conjunto de instituciones del Estado en los distintos niveles territoriales para avanzar en la implementación decidida de los compromisos del Capítulo Étnico y del Acuerdo de Paz.

[1] Los sujetos de reparación colectiva con el PIRC finalizado son: el consejo comunitario Villa Arboleda en el Valle del Guamez, el consejo comunitario de Guacoche en Valledupar, la comunidad Kanalitojo (pueblos Sikuani, Amorua y Saliva) en Puerto Carreño, y el pueblo Embera Chamí del resguardo Honduras en Florencia (UARIV, 2026: 25).

[2] La meta que se trazó este Pacto era alcanzar el 60% de implementación del Capítulo Étnico (Pacto por la implementación del Capítulo Étnico, noviembre 20 de 2023).

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